Sistema Arbitral de Consumo
Sistema Arbitral de Consumo
Comercializadora Regulada está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, un servicio público voluntario y gratuito para resolver conflictos entre consumidores y empresas sin tener que acudir a los tribunales ordinarios. La adhesión de Comercializadora Regulada al sistema arbitral es a través de la Junta Arbitral Nacional y de las Juntas Arbitrales de las Comunidades Autónomas.
Para acudir al arbitraje el consumidor debe previamente haber presentado reclamación a los canales de Atención al cliente de Comercializadora Regulada y estar en desacuerdo con su resolución, o no haber recibido respuesta en el plazo de 30 días.
Las reclamaciones que pueden presentarse al Sistema Arbitral de Consumo son las relativas a la contratación, la facturación, el cobro y/o la atención recibida por parte de la compañía comercializadora.
No pueden ser objeto del Sistema Arbitral de Consumo las reclamaciones sobre asuntos propios de la compañía distribuidora, como lectura de contadores, extensión de red, concesión de accesos, inspección, calidad de suministro (incluyendo su continuidad o interrupción) y posibles daños causados por incidencias en la red eléctrica; ni aquellas cuestiones que deriven de fraude en la red (incluyendo equipos de medida), tales como intervenciones manuales, electrónicas o de cualquier tipo que se lleven a cabo con el fin de perturbar el correcto suministro, ni aquellas por importe superior a 2000 euros, ni por pobreza energética, ni por daños y perjuicios.
El proceso arbitral incluye una fase de mediación previa para intentar llegar a un acuerdo que resuelva la reclamación sin que intervengan los árbitros. Si se cierra un acuerdo previo, este se recoge en un laudo conciliatorio.
Si en la mediación no se llegara a acuerdo, se iniciaría el procedimiento arbitral, en el que las partes deben presentar toda la documentación, respuestas, alegaciones y pruebas disponibles. El arbitraje se resuelve con un laudo arbitral, de obligado cumplimiento, que tiene la misma validez que una sentencia judicial.
Si la reclamación cumple con los requisitos para poder acudir al Sistema Arbitral, se puede presentar una solicitud de arbitraje en la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma, en la Junta Arbitral Nacional de Consumo o a través de una Asociación de Consumidores.
Listado juntas arbitrales
De conformidad con lo previsto en el Derecho Europeo, se informa de la existencia de la plataforma de revisión de litigios en línea de la Comisión Europea, accesible en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/consumers/odr/